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lunes, 28 de mayo de 2012
Actualidad / Noticia

Las bolsas para pymes se ponen de moda
martes, 08 de abril de 2008

Las pymes españolas dispondrán en breve de un Mercado Alternativo Bursátil (MAB) para empresas en expansión, de forma que la Bolsa ya no será sólo para las grandes compañías. Bajo esta misma tendencia se enmarca el acceso por parte de la mediana empresa española, con una clara vocación internacional, al AIM (Alternative Investment Market), sistema creado por las bolsas británicas y en el que participan compañías de todo el mundo sin elevadas capitalizaciones con el fin de obtener fondos para su expansión

La puesta en marcha de un segmento especializado para pequeñas y medianas empresas dentro del Mercado Alternativo Bursátil (MAB) pone a disposición de las pymes españolas un lugar regulado específicamente para ellas con costes adecuados a su tamaño. Este nuevo mercado cuenta con precedentes en otros países, como es el caso británico.

Y es que las empresas españolas miran cada vez con más interés el AIM como alternativa a las bolsas nacionales. Resulta atractivo para obtener un rápido crecimiento, no acudir a más financiación bancaria y no someterse a directrices de nuevos accionistas inversores que les impidan mantener su propia gestión independiente.

El AIM se diferencia del mercado regulado principal de la Bolsa de Londres por tener un reglamento propio. La verificación del goodstanding de la compañía, tanto en el momento de su cotización como durante su posterior vida en el mercado, se deja bajo la responsabilidad de un asesor privado: el Nominate Advisor (Nomad). Mediante un proceso más simplificado y más económico, este mercado permite cotizar y levantar fondos a pymes de todo el mundo, ya que no existe un límite mínimo de capitalización.

Todo un reto para las empresas españolas

El proceso de preparación para la cotización de una empresa española en un mercado como el AIM supone un desafío para todos los que en él intervienen –nomads, brókers, relaciones públicas o auditores–, pero, sin duda, también lo es para el asesor legal de la compañía. Solventar y conjugar los temas legales que surgen de aunar dos sistemas legales diferentes –británico y español– se presenta como un reto que requiere la intervención de abogados que garanticen un proceso sencillo, práctico y entendible para las empresas que pretenden entrar en este mercado.

Entre los principales temas que requieren una especial atención desde el punto de vista jurídico está la posibilidad de que la cotización se lleve a cabo sobre las acciones de una compañía hólding, con domicilio en el Reino Unido o que se lleve directamente desde la compañía española. La cotización en el AIM, que en este caso puede ser en libras o en euros, se realizará a través de los llamados Depositary Interest (derechos ingleses que representan las acciones de la sociedad española) y que son similares a los ADRs de la Bolsa de Nueva York.

Otra de las acciones a tener en cuenta es la conveniencia de diseñar y ejecutar un plan de incentivos para empleados de la sociedad que, además de ser fiscal y laboralmente acertado, esté de acuerdo con las prácticas que se admiten entre los inversores institucionales internacionales y en concreto las recomendaciones de la ABI (Associations of British Insurers). Asimismo, es aconsejable, para garantía de los inversores internacionales, incorporar, en la medida de lo posible, las reglas marcadas por el AIM a los estatutos de la Sociedad Española cotizada.

Por el contrario, los requisitos para entrar en el MBA podrán llevarse a cabo tanto mediante ofertas públicas de venta, como por medio de listing. Cada compañía deberá nombrar un asesor registrado que se encargará de examinar si cumple o no los requisitos. Esta figura es de nueva creación y será totalmente clave en el desarrollo de este nuevo sistema. Serán personas jurídicas especializadas, tales como empresas de servicios de inversión, bancos o firmas de auditoría, que comprobarán la idoneidad para incorporar o no al MAB y que asesorarán a las pymes de manera continua.

Los requisitos básicos que deben cumplir las empresas en expansión son los siguientes: tendrán que tener el capital totalmente desembolsado, no deberán superar los 6,5 millones de euros de fondos propios, sus acciones deben ser libremente transmisibles, tendrán que presentar sus cuentas auditadas con normas internacionales, su free-float (capital que circula de manera libre en el mercado) deberá superar los dos millones de euros.

La cotización en el AIM, no sólo supondrá un beneficio financiero para las empresas, sino que provocará un mayor reconocimiento internacional de su actividad ya que les permitirá afrontar los mercados internacionales con un signo de valor añadido. Con el nuevo segmento del MAB para compañías en expansión las ventajas serán muy positivas para todas las partes. Por un lado, la economía española crecerá por la aportación de estas pymes y, por otro, ellas podrán desarrollar nuevos proyectos empresariales gracias a la facilidad para acceder al capital.

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